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SOCIEDAD
6 de septiembre de 2020
El municipio realizará una denuncia penal contra una mujer Covid positivo que se encontraba comprando en una panadería. El artículo 202 del Código Penal regula el delito de “propagación dolosa de enfermedad” que tiene una pena de 3 a 15 años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas
A las 13: 15 fue denunciado a la línea 132
La denunciante manifestó que al ir a comprar a una panadería ubicada en calle Cabrera y Remedios Escalada de San Martín encontró a una mujer (M,S.L) que es positiva de COVID 19, Inmediatamente se activó el protocolo y los clientes, empleados y propietarios fueron aislados.
El municipio hará una presentación ante el fiscal federal Eduardo Varas por incumplimiento de aislamiento por ser caso positivo y poner en riesgo a la población.
El artículo 202 del Código Penal regula el delito de “propagación dolosa de enfermedad” que tiene una pena de 3 a 15 años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”. Por su parte, el artículo 203 prevé la figura culposa “cuando alguno de los hechos previstos fuera cometido con imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo, se impondrá multa de $5000 a $10.000, si tuviera como resultado enfermedad o muerte se aplicará prisión de 6 meses a 5 años” de cárcel
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